En ocasiones una herencia puede convertirse en una cuestión complicada y de difícil comprensión. Recurrir al asesoramiento de una gestoría de empresas en Pilas especializada en temáticas relacionadas con diversos ámbitos es muy aconsejable.

Son los profesionales en la materia los que realmente pueden explicar y aconsejar sobre el ámbito jurídico de esta circunstancia vital.

Una gestoría de empresas en Pilas cuenta con los conocimientos necesarios para detallar cómo se comporta la figura de la herencia en el ordenamiento jurídico español.

Puede ocurrir que exista un concepto equivocado de la herencia. A veces las ideas sobre el derecho sucesorio pueden basarse en los medios de comunicación, libros, películas o series que en realidad reflejan el derecho anglosajón. En esas ficciones una herencia puede distribuirse libremente únicamente teniendo en cuenta la voluntad del testador. Todas estas informaciones no filtradas pueden llevar a confusión.

La labor de un profesional será muy útil para clarificar algunos puntos básicos.

En España la ley tipifica los herederos que pueden concurrir. Existen los herederos voluntarios contemplados en el testamento. También se habla de los herederos forzosos cuando no existe testamento y es la ley la que los establece. Son los hijos y descendientes respecto a sus padres y ascendientes. El Código Civil establece en su articulado cómo ha de efectuarse el reparto cuando no existen hijos y el derecho al cónyuge sobreviviente a disfrutar el usufructo de los bienes.

En cuanto a la forma de repartición, en España una herencia se divide siempre en tres tercios. La legítima, parte que por ley se divide entre los herederos forzosos; el tercio de mejora, que el testador puede dividir entre los herederos forzosos; el tercio de libre disposición, la única parte de la herencia que el testador puede asignar con libertad.

Desde Gestoría Elena Polvillo te asesoramos sobre todas las cuestiones que puedan surgir y acompañamos tu proceso hereditario.